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Aprendiendo Derecho Constitucional: 1. ¿Para qué estudiar derecho constitucional?, por Juan Carlos González Cancino.






A grandes rasgos podemos decir que hay dos tipos de conocimientos, uno de ellos está dirigido a la acción (conocimiento práctico) y otro simplemente es teórico o recreativo, es decir se encuentra más alejado de la acción pues persigue fines más alejados del actuar (conocimiento especulativo). Se aclara que está clasificación es tan solo una de las muchas posibles.
En ese contexto, el derecho constitucional considerado como una parte del conocimiento humano tiene una orientación práctica, es decir está encaminado a proporcionar la información necesaria para actuar y por lo tanto es un conocimiento práctico.
Si el derecho constitucional es práctico cabe preguntar, cuáles son las actividades que uno puede realizar con el conocimiento relativo al derecho constitucional. En ese sentido es válido responder que el curso de derecho constitucional tiene dos objetivos principales:
1. Proporcionar el conocimiento necesario para defender los derechos y libertades establecidas en la constitución.
2. Proporcionar el conocimiento necesario para adicionar y ampliar los derechos y libertades establecidas en la constitución.
Los objetivos anteriores nos demuestran que el derecho constitucional tiene una importantísima función social, ya que en gran medida las sociedades progresan gracias al derecho constitucional.
En forma breve, podemos decir que el derecho constitucional sirve para defender los derechos y libertades que nos dieron las generaciones pasadas y para darle más y mejores derechos y libertades a las generaciones futuras.

Aquí les dejamos un ejemplo relacionado con la defensa de la libertad de expresión: Caso Nuevo León (ley mordaza)
 Una vez que conocemos las finalidades que persigue el curso derecho constitucional podemos analizar la calidad del actual temario de derecho constitucional que se enseña en las escuelas y universidades. Así las cosas, el mejor temario de derecho constitucional será aquel que habilite mejor al estudiante para defender, mejorar y ampliar los derechos y libertades existentes en nuestra sociedad.
Si estás estudiando derecho constitucional en una institución educativa te pedimos de favor le hagas llegar este artículo a tu profesor y juntos analicen el temario de su curso.
Nosotros hemos detectado que la materia de derecho constitucional está deficientemente impartida. 
El curso de derecho constitucional algunas veces está mezclado con información propia de otras asignaturas, por ejemplo: historia del derecho patrio, teoría del estado, teoría política, etc.
En otras ocasiones la materia de derecho constitucional contiene en exceso temas relacionados con derecho parlamentario o las estructuras orgánicas de la Administración Pública, el Poder Judicial y el Poder Legislativo (el Derecho Constitucional, no se aprende estudiando leyes orgánicas sino estudiando la Constitución y sus mecanismos de exigibilidad).
El resultado final y considerando el mejor de los casos, es que el estudiante de derecho sabe mucho de historia, teoría del estado, los requisitos para ser diputado, senador, presidente, ministro de la corte pero desconoce cómo defender los derechos previstos en la constitución y cómo ampliarlos, aspectos que son esenciales en la materia de derecho constitucional.
Por último también debe considerarse que algunas instituciones abordan el tema de derechos humanos principalmente desde una perspectiva del derecho internacional sin hacer las distinciones necesarias que permitan al estudiante diferenciar la perspectiva constitucional de los derechos humanos. Lo anterior es relevante ya que el derecho constitucional comparte algunos principios del derecho internacional pero también posee principios que no están presentes en el derecho internacional.
Por favor haznos llegar tus comentarios y sugerencias. En caso de que tengas dudas o quieres que escribamos en relación a algún tema en especial solo contáctanos por correo electrónico: constitucionalistasmexicanos@gmail.com o a nuestra cuenta de twitter: @mxconstitución. Les recordamos que ustedes son la razón por la cual hacemos este trabajo, así que con gusto atendemos sus peticiones.


Este artículo forma parte de una serie titulada “Aprendiendo constitucional” para conocer a quiénes está dirigido y los objetivos de la serie haz clic en la siguiente dirección: Aprendiendo constitucional

Para ir a la siguiente lección haz clic AQUÍ.

Juan Carlos González Cancino

Abogado 

Consultor en Juicio de Amparo, Derechos Humanos y Derecho Constitucional

https://juancarlosgonzalezcancino.com/ 

constitucionalistasmexicanos@gmail.com

 

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