En esta ocasión expondré las diferencias que existen entre la declaratoria general de inconstitucionalidad y la acción de inconstitucionalidad previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La declaratoria general de inconstitucionalidad tiene su fundamento en el artículo 107, fracción II, de la Constitución: Art. 107.- Las controversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes: ... II.- Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo informará a la autoridad emisora c...