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¿Qué recurso procede?


En muchas ocasiones los recursos que se interponen en el juicio de amparo son desechados por no ser los idóneos.
Con la finalidad de identificar qué recurso es el procedente hemos elaborado esta tabla de procedencia de los recursos del juicio de amparo:
Tabla de procedencia de recursos en materia de amparohttps://cursodeamparo.com/16 de agosto de 2019
Objeto de impugnaciónRecurso Tipo de amparoFundamento legal
a) Las que concedan o nieguen la suspensión definitiva; en su caso, deberán impugnarse los acuerdos pronunciados en la audiencia incidental;RevisiónIndirecto81 fracción I
b) Las que modifiquen o revoquen el acuerdo en que se conceda o niegue la suspensión definitiva, o las que nieguen la revocación o modificación de esos autos; en su caso, deberán impugnarse los acuerdos pronunciados en la audiencia correspondiente;RevisiónIndirecto81 fracción I
c) Las que decidan el incidente de reposición de constancias de autos;RevisiónIndirecto81 fracción I
d) Las que declaren el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional; yRevisiónIndirecto81 fracción I
e) Las sentencias dictadas en la audiencia constitucional; en su caso, deberán impugnarse los acuerdos pronunciados en la propia audiencia.RevisiónIndirecto81 fracción I
Sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales que establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, u omitan decidir sobre tales cuestiones cuando hubieren sido planteadas, siempre que fijen un criterio de importancia y trascendencia, según lo disponga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cumplimiento de acuerdos generales del pleno.RevisiónDirecto81 fracción II
a) Las que admitan total o parcialmente, desechen o tengan por no presentada una demanda de amparo o su ampliación;QuejaIndirecto97 fracción I
b) Las que concedan o nieguen la suspensión de plano o la provisional;QuejaIndirecto97 fracción I
c) Las que rehúsen la admisión de fianzas o contrafianzas, admitan las que no reúnan los requisitos legales o que puedan resultar excesivas o insuficientes;QuejaIndirecto97 fracción I
d) Las que reconozcan o nieguen el carácter de tercero interesado;QuejaIndirecto97 fracción I
e) Las que se dicten durante la tramitación del juicio, o del incidente de suspensión, que no admitan expresamente el recurso de revisión y que por su naturaleza trascendental y grave puedan causar perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva; así como las que con las mismas características se emitan después de dictada la sentencia en la audiencia constitucional;QuejaIndirecto97 fracción I
f) Las que decidan el incidente de reclamación de daños y perjuicios;QuejaIndirecto97 fracción I
g) Las que resuelvan el incidente por exceso o defecto en la ejecución del acuerdo en que se haya concedido al quejoso la suspensión provisional o definitiva del acto reclamado; yQuejaIndirecto97 fracción I
h) Las que se dicten en el incidente de cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo;QuejaIndirecto97 fracción I
a) Cuando omita tramitar la demanda de amparo o lo haga indebidamente;QuejaDirecto97 fracción II
b) Cuando no provea sobre la suspensión dentro del plazo legal, conceda o niegue ésta, rehúse la admisión de fianzas o contrafianzas, admita las que no reúnan los requisitos legales o que puedan resultar excesivas o insuficientes;QuejaDirecto97 fracción II
c) Contra la resolución que decida el incidente de reclamación de daños y perjuicios; yQuejaDirecto97 fracción II
d) Cuando niegue al quejoso su libertad caucional o cuando las resoluciones que dicte sobre la misma materia causen daños o perjuicios a alguno de los interesados.QuejaDirecto97 fracción II
Acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los presidentes de sus salas o de los tribunales colegiados de circuito.Reclamación104
I. Resolución que tenga por cumplida la ejecutoria de amparo, en los términos del artículo 196 de esta Ley;Inconformidad201
II. Resolución que declare que existe imposibilidad material o jurídica para cumplir la misma u ordene el archivo definitivo del asunto;Inconformidad201
III. Resolución que declare sin materia o infundada la denuncia de repetición del acto reclamado; oInconformidad201
IV. Resolución que declare infundada o improcedente la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad.Inconformidad201

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