Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.B. De los derechos de toda persona imputada:II. A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio.
Art. 8… 2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:g) derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, y
Juan Carlos González Cancino
Abogado constitucionalista especializado en juicio de amparo y derechos humanos.
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