Introducción y Fundamentos Constitucionales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) forma parte del Poder Judicial de la Federación, según el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como parte del Poder Judicial de la Federación, la SCJN tiene la responsabilidad de ejercer la función jurisdiccional junto con el Tribunal Electoral, los tribunales colegiados y los juzgados de distrito.
Funcionamiento y Competencias
La SCJN funciona en Pleno y entre sus competencias más emblemáticas se encuentran:
1. Controversias constitucionales: Conflictos entre poderes o niveles de gobierno (excepto en materia electoral).
2. Acciones de inconstitucionalidad: Planteamientos sobre contradicciones entre normas generales y la Constitución.
3. Recursos de revisión: Tanto en amparo directo como indirecto, siempre que subsistan temas de constitucionalidad con importancia y trascendencia.
4. Declaratorias generales de inconstitucionalidad.
Análisis Crítico: ¿Es la SCJN un Tribunal Constitucional “Máximo”?
• ¿Único tribunal constitucional? La SCJN no es el único órgano constitucional en México. En virtud de los artículos 1.º, 128 y 133 constitucionales, todas las autoridades —incluyendo tribunales locales— tienen la obligación de hacer guardar la Constitución y pueden ejercer control de constitucionalidad dentro de sus competencias.
• ¿Máxima autoridad jurisdiccional? Esta afirmación está matizada en dos ámbitos:
◦ Materia Electoral: El Tribunal Electoral es la máxima autoridad en esta materia, salvo en las acciones de inconstitucionalidad.
◦ Derechos Humanos: Debido al principio pro persona establecido en el artículo 1.º constitucional, la jurisprudencia de la SCJN no goza de una superioridad jerárquica absoluta. El principio obliga a aplicar la interpretación que más favorezca a la persona, con independencia de si el criterio emana de un tribunal colegiado o del Pleno de la Corte.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Además, México reconoce la competencia de órganos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo que sitúa a la SCJN por debajo de estos en ciertos contextos internacionales.
Tensiones y Críticas a la Labor Judicial
A pesar de su función protectora, la SCJN ha emitido criterios que han mermado o restringido los derechos humanos en México. Entre estas “invenciones” o restricciones se encuentran la institución de los actos consentidos en materia de amparo, el concepto restrictivo de autoridad, la presunción de constitucionalidad, la impugnabilidad de la jurisprudencia y la eliminación del bloque de constitucionalidad. Estas instituciones repercuten negativamente en las oportunidades de defensa de los particulares frente a los actos de poder.
Juan Carlos González Cancino
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